martes, 30 de junio de 2009

Orígenes del Constitucionalismo de Centro América, en general, y de Honduras, en particular


Tres ideas fundamentales sirvieron de sustento a los hombres que promovieron la independencia de Guatemala y del resto de Provincias de la Capitanía General: a) La teoría del Pacto Social que surgió desde Grocio y Althusio y, pasando por Locke, tiene su versión más difundida en el Contrato Social de Rousseau; b) La dotrina de la soberanía popular; y c) La doctrina de la división de poderes, originalmente expuesta por John Locke y perfeccionada y difundida por Montesquieu en el “Espíritu de las Leyes”.

Por otra parte, los antecedentes de la organización constitucional que al nacimiento de la República le sirvieron a los hombres que forjaron la independencia de los países latinoamericanos hay que buscarlos en el pensamiento político europeo de los siglos XVII y XVIII, las transformaciones de la sociedad española del último de dichos siglos, en la influencia que ejerció la revolución norteamericana, francesa y española, así como en el descontento de los criollos en todas las colonias españolas.

Las instituciones de la Constitución de los Estados Unidos que sirvieron de modelo a las primeras constituciones de Honduras:

La Constitución de Filadelfia, de septiembre 17 de 1787, fue la primera Constitución escrita que se dio en el mundo; la segunda se dio en Polonia, en mayo 3 de 1971; la tercera, cuarta, quinta y sexta, en Francia, en 1791, 1793, 1797, respectivamente.

La Constitución de los Estados Unidos, indiscutiblemente sirvió de modelo a todos los países que habían sido colonias de España, así como a unos de Europa y de otros continentes.
Los primeros textos constitucionales de Honduras tomaron del modelo estadounidense las siguientes instituciones y principios, algunos de los cuales todavía hoy perduran: a) La forma de gobierno democrático y representativo; b) El sistema de gobierno presidencialista; c) El Federalismo, inicialmente adoptado en la Constitución Federal de 1824; ch) La revisión judicial de la constitucionalidad de las leyes d) El control recíproco de los poderes (sistema de frenos y contrapesos); e)El hábeas corpus; f) Las declaraciones de derechos.

Se puede afirmar rotundamente que en las primeras Constituciones de Honduras y de América Latina y en el marco del llamado constitucionalismo clásico, fue particularmente notoria la influencia que ejerció la Constitución de Filadelfia.

Los grandes aportes del constitucionalismo norteamericano son: 1) La idea de una Constitución escrita como límite supremo a la acción del gobernante; 2) Los frenos y contrapesos entre los poderes del Estado, separación de poderes, pero, especialmente, el sistema de chechs and balance; 3) El Federalismo; 4) El Presidencialismo; 5) Garantía de los derechos del ser humano; 6) Control de la constitucionalidad y sujeción de los poderes a la Constitución; y, 7) Impulso de la democracia como forma de gobierno.

Cuando aparece el llamado constitucionalismo social, las nuevas ideas que se habían incorporado en los textos constitucionales, unas veces van enriqueciendo, otras mutando, pero jamás desplazando las instituciones y principios fundamentales que se habían tomado de la de los Estados Unidos de América.